Alcances y Actividades Reservadas

Los alcances de la carrera:

Estudio, factibilidad, proyecto, dirección, construcciones, instalación, inspección, operación y mantenimiento (excepto obras civiles e industriales).

• Industrias que involucren procesos químicos, físico-químicos y de bio ingeniería y sus instalaciones complementarias.

• Instalaciones donde intervengan operaciones unitarias y/o procesos industriales unitarios.

• Instalaciones destinadas a evitar la contaminación ambiental por efluentes de todo tipo originados por las industrias y/o sus servicios.

• Equipos, maquinarias, aparatos e instrumentos para las industrias indicadas en los incisos anteriores.

Estudios, tareas y asesoramientos relacionados con:

• Aspecto funcional de las construcciones industriales y de servicios indicados en el párrafo anterior y sus obras e instalaciones complementarias.

• Factibilidad del aprovechamiento e industrialización de los recursos naturales y materias primas que sufran transformación y elaboración de nuevos productos.

• Planificación, programación, dirección, organización, racionalización, control y optimización de los procesos industriales de las industrias citadas en el párrafo anterior.

• Asuntos de ingeniería legal, económica y financiera relacionados con los incisos anteriores.

• Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con los incisos anteriores.

• Higiene, seguridad y contaminación ambiental relacionados con los incisos anteriores.

Fuente de información: Ordenanza CS Nro 1028

 

Las actividades profesionales reservadas al título del ingeniero químico:

• Diseñar, calcular y proyectar productos, procesos, sistemas, instalaciones, y elementos complementarios correspondientes a la modificación física, energética, fisicoquímica, química o biotecnológica de la materia; e instalaciones de control y de transformación de emisiones energéticas, efluentes líquidos, residuos sólidos y emisiones gaseosas.

• Proyectar, dirigir y controlar la construcción, operación y mantenimiento de lo anteriormente mencionado.

• Certificar el funcionamiento y/o condición de uso o estado de lo mencionado anteriormente.

• Proyectar y dirigir lo referido a la higiene, seguridad y control de impacto ambiental en lo concerniente a su actividad profesional.

Fuente de información: Resolución 1254/2018 del Ministerio de Educación de la Nación

FACULTAD REGIONAL ROSARIO
Universidad Tecnológica Nacional
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